EXÁMENES
Plazo de examen: Los aspirantes que quieran presentarse al examen deberán hacerlo en un plazo no superior a 6 meses contados desde la finalización del curso.
Dónde: Se podrá concurrir a las pruebas que se convoquen y realicen por los órganos competentes en el territorio en que se tenga la residencia habitual, con independencia del lugar en que se hubiera realizado el curso preceptivo, salvo que hubiera obtenido autorización del órgano convocante en un territorio distinto por causa debidamente justificada.
Convocatorias: Los exámenes serán organizados por los órganos competentes para la expedición de las autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera en el territorio de que se trate.
La convocatoria de exámenes, que se publicará en el boletín oficial correspondiente, deberá efectuarse, al menos, con un mes de antelación a la realización del primer ejercicio, abriendo un plazo de Inscripción no inferior a 15 días.
Deberán convocarse exámenes al menos seis veces al año, pudiendo el órgano competente publicar una vez al año todas las convocatorias referidas a éste, indicando los plazos de inscripción correspondientes a cada convocatoria